sábado, 18 de abril de 2009

La Justicia rechazó amparo del pub Frank Zappa contra la Municipalidad

Este viernes, la Justicia notificó al Municipio que había rechazado un amparo que habían presentado los propietarios del pub Frank Zappa.


La exposición judicial había sido por la disposición del Ejecutivo comunal de cortar el tránsito en la zona del boliche mientras éste abriera, ya que argumentaban que el corte de las calles les causa un gravamen irreparable”.
Según fue notificada la Municipalidad este viernes, la Sala Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones rechazó la acción de amparo entablada por los titulares de Frank Zappa en contra de "la Municipalidad de Concepción del Uruguay y/o la Secretaría de Gobierno, con el objeto de que se abstenga de interrumpir o prohibir el acceso vehicular hacia el local comercial... a través del corte de calles en las esquinas aledañas", por considerar esta medida como "abuso de autoridad, que les causa gravamen irreparable", además de entenderla violatoria de la Constitución Nacional.
Los días 28 y 29 de marzo, a través de Policía Municipal y Seguridad Urbana se realizaron controles tendientes a disminuir desórdenes que se producen durante la madrugada en los alrededores del local comercial, con el fin de proteger el interés general a raíz de los planteos realizados por vecinos de la zona.
Ante el amparo presentado y la respuesta del Municipio, el fallo judicial no sólo rechaza el recurso presentado, sino que ratifica "la necesidad de adoptar alguna medida que permita paliar y controlar los constantes y permanentes hechos que motivan los reclamos de los vecinos por los ruidos molestos que le ocasionan los asistentes al mencionado local", objetivo que "justifica, en ejercicio del poder de policía municipal, la adopción de este tipo de controles", según establece el dictamen, difundido por la Dirección de Prensa municipal.
El documento judicial también reconoce "a la Administración un margen de discrecionalidad en su actuación y los jueces no pueden juzgar la oportunidad o conveniencia de lo que la Administración decida, so pena de alterar el equilibrio de los poderes".

CARTELES DAÑADOS
El día siguiente a la firma del decreto que cambia el sentido de circulación en calle Máximo Álvarez, desde Tránsito se colocó un cartel en la intersección de esa calle con 9 de Julio, indicando el sentido contramano para los vehículos que solían tomar Máximo Álvarez desde 9 de Julio. Sin embargo, este cartel fue retirado por desconocidos días pasados, a lo cual se suma que fueron repintadas algunas de las indicaciones también recientemente instaladas en las intersecciones de Máximo Álvarez con 9 de Julio, Rocamora y Galarza, señalizando el nuevo sentido de la calle.
División Tránsito ya reparó y reinstaló la señalización necesaria para garantizar el normal tránsito en virtud de la nueva orientación vehicular establecida días pasados mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal.
Fuente: El Miércoles Digital
Concepción del Uruguay - Entre Ríos - Argentina

Los vecinos
Los días 28 y 29 de marzo de 2009, a través de Policía Municipal y Seguridad Urbana se realizaron controles tendientes a disminuir los disturbios que se producen durante la madrugada en los alrededores del local comercial, Frank Zappa con el fin de proteger el interés general a raíz de los planteos realizados por vecinos.
Cabe aclarar que los vecinos de Puerto Nuevo presentaron una Nota denunciando las irregularidades producidas desde la inauguración del lugar firmada por 80 vecinos.
Además en el mes de febrero nos reunimos en la capilla Stella Maris del barrio junto con el Jefe de la Departamental Comisario Gustavo Maslein, APERJU, representante del Hospitalito, vecinos de la Plaza Urquiza y representantes de la Asamblea Ambiental. Luego de este encuentro el Comisario Maslein presentó una Nota al Intendente solicitando colaboración a la Policía Municipal para realizar controles en este local dado los disturbios que se producían.
En forma paralela se realizaron acciones desde APERJU, solicitando audiencia a la Dra. Estela Natal de Rebossio titular del juzgado donde los vecinos tienen radicada una Denuncia Penal desde el mes de julio de 2007 la cual se encuentra estancada.
También desde Aperju se mantuvieron audiencia con el Fiscal Lombardi (a cargo de la causa penal). Después de la medida adoptada por el Municipio los propietarios de Frank Zappa presentaron un Amparo en contra de “la Municipalidad de Concepción del Uruguay y/o la Secretaría de Gobierno, con el objeto de que se abstenga de interrumpir o prohibir el acceso vehicular hacia el local comercial a través del corte de calles en las esquina aledañas”, por considerar esta medida como “abuso de autoridad, que les causa gravamen irreparable”, además de entenderla violatoria de la Constitución Nacional .
El amparo fue presentado a la Sala Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de nuestra ciudad. Los vocales de la Cámara en lo Civil y Comercial son los Drs. Ahumada, Marcó y Rojas.
Ante el amparo presentado y la respuesta del Municipio, el fallo judicial no sólo rechaza el recurso presentado, sino que ratifica “la necesidad de adoptar alguna medida que permita paliar y controlar los constantes y permanentes hechos que motivan los reclamos de los vecinos por los ruidos molestos que le ocasionan los asistentes al mencionado local bailable”, objetivo que “justifica, en ejercicio del poder de policía municipal, la adopción de este tipo de controles”, según establece el dictamen.

Es necesario aclarar que las pruebas presentadas por el Municipio fueron la carta de los vecinos, la carta del Comisario Maslein, y el testimonio de 3 vecinos y el jefe de la Policía Municipal.
El documento judicial también reconoce “a la Administración un margen de discrecionalidad en su actuación y los jueces no pueden juzgar la oportunidad o conveniencia de lo que la Administración decida, so pena de alterar el equilibrio de los poderes”.
Este fallo de la Justicia da por válido lo que denunciamos y sostenemos los vecinos.

El local Frank Zappa habilitado como Bar causa serias molestias en el barrio de Puerto Nuevo.
Los vecinos no mentimos!!.

A.PER.JU.
Con reconocimiento a los representantes judiciales de la Sala Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de nuestra ciudad. Dr. Luis Alberto Ahumada,
Dr. Ricardo Roberto Rojas, Dr. Gustavo Eduardo Marcó.-


A.PER.JU
Este FALLO prueba que los VECINOS DEL BOLICHE BAILABLE, padecen desde hace tiempo disturbios, no solo ocasionados por el transito, sino por el ruido que produce el boliche a la hora de la madrugada.
El FALLO, SI BIEN RECHAZA LA Pretensión DE FRANK ZAPPA, DE QUE LA MUNICIPALIDAD LOCAL, CESE LA INTERRUPCIÓN DEL TRANSITO EN LA ZONA DEL BOLICHE, LO MAS SIGNIFICATIVO ES, QUE EVIDENCIA LA CANTIDAD DE MOLESTIAS, OCASIONADAS A LOS VECINOS POR LA INSTALACIÓN DE TAL” BOLICHE”..

DESDE APERJU: ENTENDEMOS,QUE LA CAUSA PENAL, EN TRAMITE ANTE EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NRO DOS, DE LA Dra. ESTELA NATAL DE REBOSSIO, CUYO FISCAL INTERVINIENTE, DR. FERNANDO LOMBARDI, PODRÍAN QUIZÁS POR PRIMERA VEZ ACTUAR DE OFICIO EN ESTE CASO, DADO QUE ES LA PRIMERA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE CONFIRMA LAS MOLESTIAS CONTINUAS QUE PADECEN LOS VECINOS, MOTIVO MÁS QUE VALIDO PARA LLAMAR A INDAGATORIA,


¿ O SE SEGUIRÁ ESPERANDO LAS MEDIDAS PREVIAS, POR OTROS DOS AÑOS?.-
CONCLUSIÓN: LA JUSTICIA CIVIL YA ACTUÓ, ¿LA PENAL PARA CUANDO??.......


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