El Juzgado Correccional de Concepción del Uruguay, a cargo de la Dra. Marta Cristina Bonifacino
“LLAMATIVO”
CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - ENTRE RÍOS
A.PER.JU.
continua en vigilia y movilización, pone en público conocimiento el “llamativo” proceder de algunos Magistrados…
Sonia Montesino:Presidente de la Asociación PERJUDICADOS POR LA JUSTICIA
QUERELLA POR INJURIAS
Sonia Mntesino de Mórtola s/ querella por injurias”, en trámite por ante el Juzgado Correccional de Concepción del Uruguay, a cargo de la Dra. Marta Cristina Bonifacino, el abogado defensor de la Sra. Sonia Montesino de Mórtola, Dr. José Luis Fernández, de la ciudad de Nogoyá, ha interpuesto como argumento defensivo ante dicho Juzgado, el planteo de nulidad de todo lo actuado e inconstitucionalidad, cuyo fundamento jurídico radica en el fallo de la Corte Iberoamericana de Derechos Humanos (C.I.D.H.), donde se condena al Estado Argentino a que declare la inconstitucionalidad de los artículos 109, 110 del Código Penal (C.P.), llamado KIMEL C/ ESTADO ARGENTINO.
Es oportuno destacar que la Dra. Bonifacino ya ha aplicado en el mencionado fallo de la C.I.D.H., en la causa que se le seguía a los periodistas del Diario El Miércoles de esta Ciudad.
Cabe recordar que, en el año 2005, la Sra. Sonia Montesino presentó una denuncia contra el Dr. Carlos Federico Tesipch y el Dr. Héctor Zavallo por irregularidades, debido a que se realizó “llamativamativamente” la subasta de un inmueble de su propiedad de alta cotización en el mercado, siendo que la Sra. Montesino había abonado el monto reclamado en el proceso, resultando también “llamativo” que el mismo fuera adquirido por el esposo de una funcionaria judicial…
Posteriormente, la Dra. Estela Rebossio ordenó el archivo de las actuaciones,(SIN INVESTIGAR ) sin embargo el Dr. Carlos Federico Tesipch y el Dr. Héctor Zavallo inician querella por injurias contra la Sra. Sonia Montesino. Resultando “llamativo” que los Dres. denunciados hayan podido tomar conocimiento de la denuncia, ya que, en primer lugar, la causa había sido enviada a archivo y, en segundo lugar, las causas penales son secretas y solamente las partes en ese proceso pueden tener acceso a dicha causa.
Seguidamente, la Sra. Sonia Montesino se presentó ante el Juzgado en lo Correccional acompañada por la Dra. María Isabel Caccioppoli para ejercer su defensa. Resultando nuevamente “llamativo” el hecho de que la Sra. Jueza Correccional Dra. Marta Cristina Bonifacino solicite el cese de la intervención de la Dra. María Isabel Caccioppoli al ponerla como testigo, violentando de esta manera el derecho de la Sra. Montesino a ser asistida por un abogado de su confianza.
Hoy, que en la sociedad se debate sobre que hacen los jueces, A.PER.JU, siempre activa en continua vigilia y movilización, pone en público conocimiento el “llamativo” proceder de algunos Magistrados…
11/03/2009 JUZGADO DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
"El estado Garantiza la libre expresion, creencias y corrientes de pensamiento.
La libertad de la palabra escrita o hablada, es un derecho asegurado de los habitantes de la provincia, sin que en ningun caso puedan dictarse medidas preventivas para el uso de esta libertad, ni restringirla, ni limitarla en manera alguna.
Los que abusen de esta libertad seran responsables ante la justicia ordinaria en la forma que lo prescriba la ley.- Contitucion Provincial de la Provincia de Entre Rios".-
A.PER.JU.Asociación Perjudicados por la Justicia
¡JUSTICIA!!
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