domingo, 1 de julio de 2007

CUANDO LA LEY NO SE CUMPLE EN LA PROPIA CASA




Inicio
Foto de la Selva Paranaense
Exclusivo: imágenes del árbol centenario derribado ilegalmente

jueves, 28 de junio de 2007
Un árbol de palta de más de 180 años permaneció en un patio de los Tribunales de Paraná, entre Ríos, hasta el 25 de mayo pasado, cuando por orden de miembros del Superior Tribunal de Justicia fue talado en pocas horas. Les mostramos aquí fotos inéditas, obtenidas por el guardaparque Aldo Mancini.

El árbol de palta y Aldo Mancini
El árbol de palta de más de 180 años

El “paltero” estaba declarado árbol protegido en diciembre de 1990 por el Departamento Ejecutivo Municipal de Paraná. Sin embargo, eso no impidió la orden de tala emanada por miembros del Superior Tribunal de Justicia. El hecho provocó indignación y reacciones de entidades intermedias y vecinos, motivó un pedido de información al STJ por parte del intendente Julio Solanas y una fuerte denuncia pública por parte del guardafauna Aldo Mancini, que presentamos a continuación:

Paraná, 6 de junio del 2007-
De mi mayor consideración:
Con respecto a lo sucedido entre los días 26/05/07 y 27/05/07en el palacio de Justicia de la Paraná y la indiferencia de nuestros magistrados que ignoraban lo sucedido con la extracción de un árbol de palta centenario que servia de sombra y de refugio para las aves como el zorzal colorado que se alimentaba de sus frutos y para las personas les servía de oxígeno puro a las oficinas . Dicho árbol fue condenado a muerte sin previo juicio, o estamos viviendo tiempos feudales?
Como naturalista y guarda fauna, me siento apenado porque mi tarea es hacer cumplir la ley en toda la Pcia. de Entre Ríos, en los procedimientos que hacemos y decomisamos es hacer cumplir la ley.
Dr. Orlando Jorge, presidente del Colegio de Abogados de Entre Ríos y Dr. Enrique Martínez, presidente del Colegio de Abogados de Paraná, como parte de esta sociedad, no puedo mirar hacia otro lado y dejar pasar este gravísimo hecho. Por eso le pido a través de este prestigioso colegio, que se tomen medidas pertinentes y se investigue ante los Juzgados y que no quede en el olvido.
Por eso pido, que sea interpelada por el Comité de Juicio de Enjuri que es representado por legisladores de la Pcia. y abogados.A su señoría Patricia Yedro del Juzgado de Instrucción N° 1, que estaba de guardia, ese día que fue derribado el árbol , y que sean sumariados el guardia de tribunales y el policía apostado en tribunales, ya que dicho organismo posee una guardia de 24 hs. No entiendo porque el Superior Tribunal de Justicia no actuó de inmediato.

A continuación le detallo el Art. 41 de la Constitución Argentina:

" Todos los integrantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas, satisfagan las necesidades presentes , sin comprometer las de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo . El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales. a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica , y a la información y educación ambientales.Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas , sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual 6 potencialmente peligrosos, y de los radioactivos . "

Ley Nacional N° 13273 Resolución 5068/04 :
Queda totalmente prohibido la extracción y explotación de árboles nativos del territorio argentino, ante tanto no se haga un estudio de impacto biológico sobre las especies que es llevado por biólogos e Ingenieros Agrónomos en situm . Entre Ríos se adhiere ante lo dicho mediante la Ley Provincial. Ley de Adhesión Provincial N° 3623 Resolución 2619/02 .
Es obligatoriedad la inscripción de motosierras, tanto provincial, como municipal, Resolución 358/05.
Resolución 344 A partir de Octubre de 2005 es obligatorio de reinscripción gratuita de pedidos de desmonte y/ 6 entresaca, anteriores a esta fecha el uso de nuevas guías de transito y / 6 removido en espacios públicos de toda la Provincia de Entre Ríos.
Saluda muy atte.
ALDO FABRICIO MANCINI -DNI. 17.963.597TEL. 155-033676-; E-mail:


aldoyaguarete@yahoo.com.ar

Naturalista y guarda fauna, primer vocal de la asociación ecologista Enrique BerducColaborador en el proyecto yaguareté Prensa y difusión para la provincia de Entre Ríos y Santa Fe.
Este artículo apareció en http://www.elparanaense.com.ar/ y las fotos son propiedad del Sr. Aldo Mancini-.
------------------------------------------------------------------------------------------------
Antes de derribar un árbol, debe consultarse acerca de las posibilidades de asegurarlo, de conservarlo, de que nuestros descendientes lo disfruten. Nuestra provincia cuenta con universidades, entes provinciales y nacionales, ongs y personas como el Sr. Mancini capacitados para asesorar cuando LA IGNORANCIA o el "NO ME IMPORTA" invaden las mentes de los "SUPERDOTADOS FUNCIONARIOS".
Sres del STJ, Ustedes NO SON DUEÑOS DE LA VERDAD, NO SON DIOSES Y COMETEN ERRORES COMO TODOS LOS HOMBRES- así lo expresó el integrante Dr. Carlín en C. del Uruguay, cuando se reunió el STJ con A.PER.JU-.
El edificio y los bienes, incluídos los árboles protegidos-no son de su propiedad y se escudaron en: "prevenir males mayores y proteger a las personas y a los bienes públicos...". (comunicado de prensa del 30 de mayo 2007-prensa STJ).
Sería conveniente que a las personas se nos proteja con la ley y actuando.
Primero derribamos el árbol porque es viejo, luego seguirá el hombre viejo?..