- SIENDO MIEMBRO DE LA SALA PENAL, Y CONOCER EL ART. 115 DEL C.C.P. SIEMPRE HA MENOSPRECIADO EL DERECHO DE LAS VÍCTIMAS, CON EL MÁS CLARO DE SUS MENSAJES: "CONOCURRA POR LA VÍA QUE LE CORRESPONDA", COMO ESAS PALABRAS GARANTIZABAN LA JUSTICIA PARA EL CASO EN PARTICULAR.
- FUE EL ÚNICO CAMARISTA QUE VISITABA PERSONALMENTE LOS TRIBUNALES DE NUESTRA CIUDAD, CONOCÍA Y CONOCE LOS PROBLEMAS DE LOS JUSTICIABLES, PERO SIEMPRE EVITÓ REUNIRSE CON LOS MISMOS .
- QUE LOS MIEMBROS DE NUESTRA ASOCIACIÓN REUNIDOS EN NUESTRA CIUDAD, CON EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS, MANIFESTÓ NUEVAMENTE SU MOLESTIA HACIA NUESTRA ASOCIACIÓN Y HACIA LAS VÍCTIMAS, EN GENERAL, LO MÁS LLAMATIVO ES QUE NOS MANDÓ A HACER CATARSIS.
- ¿CÓMO PODRÍA EL GOBERNADOR PROPONER COMO CONSTITUYENTE A UNA PERSONA, QUE NO CUENTA CON VALORES SOCIALES DE RESPETO MUTUO, NO CONOCE DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS, ES DECIR LA JUSTICIA. QUE NO SE INTERESÓ COMO JUEZ EN LOS PROBLEMAS REALES DE LA CIUDADANÍA, PERO LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN, NECESITA MÁS QUE TÉCNICOS EN DERECHO, NECESITAMOS CIUDADANOS DE ÉTICA IRREPROCHABLE Y, POR SOBRE TODO, QUE EL VALOR JUSTICIA-PRINCIPAL DERECHO AMPARADO CONSTITUCIONALMENTE -SEA RESPETADO POR TODOS?.
A.PER.JU. SE OPONE A CUALQUIER DESIGNACIÓN COMO CONSTITUYENTE EN LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL Dr. CARLIN, POR LOS MOTIVOS EXPRESADOS.
"PARA MUESTRA YA OBTUVIMOS UN BOTÓN"
A.PER.JU. Concepción del Uruguay, Entre Ríos. Argentina.