domingo, 30 de mayo de 2010

Pedido de Probation para médica procesada por mala praxis

Profundo malestar en la querella - Posponen audiencia de conocimiento personal de obstetra procesada homicidio culposo
Fuente: Pablo Bianchi -Noticias


Este viernes estaba programada en el Juzgado Correccional, la “audiencia de conocimiento personal” de la obstetra procesada, Mónica Alejandra Fornerón, pero una presentación de la defensa llevó a una nueva suspensión.
Esta diligencia estaba programada para destrabar una incidencia y se saber si la causa que se le sigue por homicidio culposo, será debatida o no en juicio oral. La causa se inició en 2005 tras la muerte de una bebé en la Maternidad Génesis, hecho ocurrido el 7 de junio de ese año. Esto fue lo que derivó en denuncias de las víctimas por mala praxis contra la médica Mónica Fornerón, tras lo cual el establecimiento cerró sus puertas. Tras el procesamiento, la profesional solicitó por intermedio de su representante legal una probation y ofreció un resarcimiento económico a los padres, por una suma de dos mil pesos. Luego de otras suspensiones, estaba programado para este viernes a las 11, en el Juzgado Correccional uruguayense, la audiencia, pero fue postergada pare el 11 de junio a la diez de la mañana.

Fuente: (Radio La Voz)
Critican pedido de Probation para médica procesada por mala praxis
La Justicia analiza si acepta el resarcimiento de la profesional en 2000 pesos; Malestar de los padres de la bebé.
El viernes estaba programada en el Juzgado Correccional, la “audiencia de conocimiento personal” de la obstetra procesada, Mónica Alejandra Fornerón, pero una presentación de la defensa llevó a una nueva suspensión. Esta diligencia estaba programada para destrabar una incidencia y saber si la causa que se le sigue por Homicidio culposo, será debatida o no en juicio oral.

La causa se inició en 2005 tras la muerte de una bebé en una maternidad de La Histórica, hecho ocurrido el 7 de junio de ese año. Esto fue lo que derivó en denuncias de las víctimas por mala praxis contra la médica, tras lo cual el establecimiento cerró sus puertas. Tras el procesamiento, la profesional solicitó por intermedio de su representante legal una probation y ofreció un resarcimiento económico a los padres por una suma de 2.000 pesos. Luego de otras suspensiones, estaba programada la audiencia en el Juzgado Correccional uruguayense, pero fue postergada pare el 11 de junio a la 10.
Karina Iñarra y José Basualdo, padres de la beba, se mantienen firmes en su postura y representados por el letrado Gustavo Soppelsa, esperan el juicio oral, a lo que se llega tras la etapa de Instrucción, confirmada por la Cámara de Gualeguay, que ratificó esa postura de la jueza Marta Bonifacino.
Es importante recordar que la beba nació muerta, imputándose la supuesta defectuosa atención por parte de la médica, ya que –según se señalara– los plazos de cesárea se habrían demorado exageradamente.
Fornerón fue imputada de Homicidio culposo, basado esto en las diferentes pruebas aportadas y testimonios. Representada por el abogado José Ostolaza, la médica solicitó acceso al beneficio de la suspensión del juicio a prueba, o probation.


Tras la nueva suspensión, el abogado querellante, visiblemente molesto por el dictamen del Fiscal Diego Young aprobando la propuesta, dijo: “Personalmente, el ofrecimiento de 2.000 pesos y trabajos comunitarios en el Cristo de Los Olivos, me causó repugnancia.
Esta propuesta la hizo por medio de su abogado y no personalmente, lo que demuestra que no hay interés de su parte de componer las cosas”.
El abogado destacó que hay argumentos de fondo con precedentes del Superior Tribunal sobre la seriedad de la propuesta, como en este caso de composición económica, pero también está la cuestión de que este tipo de delito está reprimido con pena de inhabilitación, dado que hay una profesión reglamentada se hace imposible otorgar la probation.“
Pedimos que se quite el dictamen de Young. Estamos ante un extenso expediente y no se puede decidir en tan pocas líneas. Quiero de una vez por todas que esto quede esclarecido”, explicó el letrado querellante. Fuente: (Radio La Voz)

SEÑORES JUECES: NO PERMITAN QUE PROBATION SEA IMPUNIDAD !!


SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA- (PROBATION)
Por Diego Germán Calvo Suárez

Link: http://www.espaciosjuridicos.com.ar/datos/AREAS%20TEMATICAS/PENAL/suspensionprocesoprueba.htm
1. Introducción.
Con la reforma al Código Penal por la ley 24.316 se agregaron tres artículos más al artículo 76 (el 76 bis, ter y quater), por los cuales se introdujo el instituto conocido como la probation o suspensión del proceso a prueba.
El motivo del legislador para introducir este instituto fue buscar el otorgamiento al imputado de una posibilidad de acceder a otras condiciones, evitándole el cumplimiento de la condena y evitando asimismo el desgaste de la actividad jurisdiccional.
La suspensión del juicio a prueba contribuye a una respuesta más humana en la justicia penal, ya que tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento, como así también desde un punto de vista práctico impedir que llegue la sentencia en procesos de poca importancia en política criminal ahorrando recursos materiales y humanos, con la gran ventaja que se producen importantes reducciones de costos al Estado.
El elemento esencial de la Probation es como método de reeducación del delincuente: un plan de conducta en libertad, adaptando la respuesta del derecho penal a las circunstancias que rodean al hecho, las condiciones personales del imputado y a la posibilidad que brinde la comunidad o el sistema social.
Surge de la necesidad de la humanización del proceso penal, es un método de tratamiento que la justicia impone a quienes han cometido infracciones con penas leves.
En el curso de su aplicación, la persona que ha sido sometida a él continúa viviendo en el seno de su familia y comunidad, organizando su vida conforme a las condiciones prescritas por el juez o autoridad competente bajo la supervisión y apoyo socio-humanístico del agente de Probación.
El tratamiento de reeducación es uno de los elementos fundamentales que caracteriza a este instituto. Implica un estudio profundo e integral de la persona que ha cometido un delito, a la vez que la supervisión y el seguimiento por parte de profesionales preparados en las condiciones de prueba, son muy bien analizadas por el juez con el propósito de su rehabilitación impidiendo y garantizando futuras reincidencias, teniendo en cuenta la reconocida capacidad criminógena de la propia cárcel y a su vez reduciendo la población carcelaria.
En síntesis, este sistema implica simultáneamente la suspensión de la ejecución de la pena quedando el delincuente en libertad bajo caución de buena conducta.

No hay comentarios: