domingo, 7 de diciembre de 2008

Cirugías con perros en el Sanatorio adventista del Plata de Villa Libertador San Martín,

“Las atrocidades no son menos atroces cuando ocurren en laboratorios y son llamadas investigación médica”.
George Bernard Shaw (escritor de teatro, Nóbel 1925)

Polémica por cirugías con perros en el Sanatorio adventista

La práctica de cirugías experimentales sobre perros vivos que realizaban los médicos residentes del sanatorio Adventista del Plata de Villa Libertador San Martín, en Entre Ríos, fue suspendida por sus directivos cuando se conoció que allí se criaban animales para operarlos y sacrificarlos, luego de tres intervenciones.
La ley nacional 14346 de protección al animal pena con prisión de 15 días a un año, “al que infrigiere malos tratos o hiciere víctimas de actos de crueldad a los animales”.
El caso avivó la polémica.
Días atrás, el jefe de cirugía del sanatorio, Enrique Stoletny, confirmó a un semanario de Villa Libertador San Martín, que esas prácticas tenían fines científicos y de adiestramiento. “Hace 20 años que tenemos nuestra propia producción de perros cautivos.
Es una especie particular que criamos y sometemos a operaciones. Salen de 10 a 12 perros por camada.
Algunos vecinos incluso nos traen perros que ya no quieren más y los dejan aquí”, dijo el profesional de la salud en declaraciones a la prensa.
Según Stoletny, el procedimiento “es una de las mejores formas de aprender a hacer cirugías”, pero luego de la polvareda que levantaron sus declaraciones, el sanatorio tuvo que aclarar que “se someterá a estudio” la continuidad de la práctica. También aclaró que se “respeta” la disconformidad planteada por grupos proteccionistas, quienes pidieron que se usen cerdos en vez de perros, ya que la carne del animal sacrificado podría destinarse a fines alimenticios, consignó Télam.
Qué dice la ley de protección al animal
Legislación nacional En diálogo con AIM, la integrante de la organización proteccionista Canadian voices for animals, María Inés Bacigalupo, sostuvo que la ley nacional 14346 de protección al animal es una de las regulaciones que resguarda los derechos de los animales y prevé sanciones para quienes la incumplan. No obstante, muchas organizaciones buscan que el proyecto se aggiorne a los tiempos que corren, y exigen que se endurezcan las penas para quienes la transgredan.
La legislación, que fue sancionada el 27 de septiembre de 1954, dice lo siguiente: -Artículo 1: Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infrigiere malos tratos o hiciere víctimas de actos de crueldad a los animales.
-Artículo 2: Serán considerados actos de maltrato:
1-No alimentar en calidad y cantidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
2-Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de siempre estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas
3-Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
4-Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
5- Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
6-Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Artículo 3: Serán considerados actos de crueldad:
1-Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o personas que no estén debidamente autorizadas para ello.
2-Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
3-Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el titulo de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
4-Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
5-Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
6-Causar la muerte de animales grávidos cuando el estado sea patente en el animal, y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se funden sobre la explotación del nonato.
7-Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad.
8-Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
Fuente :


" El profundo respeto religioso por aquello que está por debajo de nosotros, incluye naturalmente también al reino animal, e impone a los hombres la obligación de respetar y proteger a las criaturas que están por debajo de él. (Goethe (1749-1832) Poeta Alemán)

El uso industrial de las criaturas, como cuando los gansos son alimentados de tal manera que produzcan un hígado tan grande como sea posible, o cuando las gallinas viven tan hacinadas que se vuelven caricaturas de aves, esta degradación de las criaturas vivientes convirtiéndolas en cosas me parece que de hecho contradice la relación de reciprocidad que vemos en la Biblia.”
(Papa Benedicto XVI )




“Si un ser sufre, no puede existir justificación moral para rehusar tomar ese sufrimiento en consideración. No importa la naturaleza del ser, el principio de igualdad requiere que su sufrimiento se considere igual al sufrimiento semejante de cualquier otro ser… Es probable que llegue el día en que el resto de la creación animal pueda adquirir aquellos derechos que jamás se le podrían haber negado a no ser por obra de la tiranía”.
Jeremy Bentham (filósofo y economista)

RECHAZO
Rechazo a la práctica de cirugías experimentales sobre perros vivos que realizan los médicos residentes del sanatorio Adventista del Plata de Villa Libertador San Martín, en Entre Ríos.
"Son vítimas de la brutalidad,es tortura, mutilación y asesinato del animal."