martes, 24 de junio de 2008

Las condiciones en las que debe brindarse el servicio de Justicia

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RIOS
OFICINA DE PRENSA


Funciones de Superintendencia

EL STJ CONCITÓ A MAGISTRADOS A SUPERAR ANOMALÍAS, APLICÓ SANCIONES, Y RESCINDIÓ CONTRATO CON UNA FIRMA A LA CUAL DENUNCIÓ ANTE LA NACIÓN.
EL STJ CONCITÓ A MAGISTRADOS A SUPERAR ANOMALÍAS, APLICÓ SANCIONES, Y RESCINDIÓ CONTRATO CON UNA FIRMA A LA CUAL DENUNCIÓ ANTE LA NACIÓN.


En ejercicio de funciones de superintendencia, el máximo Tribunal entrerriano deliberó en reuniones generales de Acuerdo, sobre ciertos hechos puntuales acaecidos en diversas jurisdicciones de la provincia, y tomó decisiones garantizadores del efectivo cumplimiento de la normativa vigente, respecto a las condiciones en las que debe brindarse el servicio de Justicia, en Entre Ríos. Hubo suspensión, llamado de atención, inicio de sumarios, y hasta rescición de contrato a una firma prestataria de servicios postales. Las medidas alcanzaron a diversos fueros de distintas jurisdicciones.
El Superior Tribunal tomó medidas garantizadoras de la correcta prestación del servicio de justicia, en la provincia.-
En lo atinente a los Juzgados de Paz del interior, el Superior Tribunal aplicó 10 días de suspensión a una jueza suplente que había proferido malos tratos y sugería a algunos justiciables que concurrieran al Estudio Jurídico de un particular. Y de igual manera, el Tribunal decidió iniciar también sumario administrativo, a dos jueces de Paz que en la tramitación de las causas, no estaban observando algunas normas procesales vigentes.-
Además, en materia penal y por mayoría, el máximo Tribunal entrerriano, aplicó un severo llamado de atención a un Juez, para que guarde recato en sus declaraciones públicas.
El magistrado había cuestionado en Medios periodísticos, el accionar de algunos funcionarios judiciales. Pero ante esta situación fue el propio Procurador General de la Provincia, el que solicitó la intervención del Superior Tribunal, por considerar que si ese magistrado disentía con los dictámenes de tales funcionarios, debía cuestionarlos por los canales orgánicos que funcionalmente corresponden.-
Y también un organismo del fuero laboral de Paraná, mereció la observación del Superior Tribunal.-
Es que en algunas causas no se estaban cumpliendo con los plazos procesales vigentes para dictar sentencia. Y por ese motivo, el Tribunal le exigió a ese organismo que arbitrara los medios para superar tales deficiencias.
En la actualidad, la situación de esa dependencia de la justicia del trabajo, se está revirtiendo.-
Finalmente y en materia de servicio postal, el Poder Judicial rescindió por irregularidades, el contrato que tenía con una firma de Paraná, y la denunció ante la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos de la Nación.
Actualmente el Poder Judicial cuenta con los servicios postales de otra empresa de nuestro medio, seleccionada mediante la aplicación de los mecanismos legales vigentes, para este tipo de elección.-
La Ley Orgánica de Tribunales, le otorga al Superior Tribunal funciones tendientes a garantizar la adecuada prestación del servicio de Justicia en la provincia, y así lo está haciendo.-

PARANA, 20 de junio de 2008.-
Prof. Inés Ghiggi
Encargada de Prensa STJER