martes, 23 de septiembre de 2008

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos , anuló el sobreseimiento dictado por la jueza de Instrucción Nº1,

FUENTE:

SORPRESIVA MEDIDA

Caso Garelli: “El sobreseimiento era apresurado”, sostuvo García
[23/09


A pocos días de cumplirse cuatro años de la extraña muerte del niño Lucas Garelli, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, anuló el sobreseimiento dictado por la jueza de Instrucción número 1, María Cristina Calveyra, a los padres del menor por lo que seguirán siendo investigados.

César Ramón Garelli y su esposa María Soledad Croizzard , están imputados en la causa en que se investiga la muerte del hijo de ambos, ocurrida el 30 de octubre de 2004 en una estancia ubicada al norte de Estación Herrera..
El Procurador General del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, Jorge Amílcar García, explicó que “la medida se tomó tras la apelación del Agente Fiscal Guillermo Tomás Rojas, contra la resolución de la Justicia de Instrucción de Concepción del Uruguay, de dictar el sobreseimiento en la causa que investigaba a los padres de Garelli” por el homicidio de su hijo.
Esta apelación que planteó el fiscal fue desestimada por la Cámara de Gualeguay y frente a esta confirmación del sobreseimiento, el Fiscal de Cámara de esa ciudad, Dardo Tortul, dispuso la nulidad del sobreseimiento, con la anuencia y la voluntad nuestra” dijo García.
Según hizo saber el funcionario, “Tortul apeló el fallo porque desde la procuraduría considerábamos que era incorrecto, lo cual sostuvimos en el Superior Tribunal y salió la resolución, conforme a nuestro criterio, de que el Sobreseimiento era apresurado”.
En este sentido, García explicó que “el sobreseimiento es una resolución que cierra definitivamente la causa, con valor de cosas juzgadas, es decir, no se puede volver a investigar una vez que queda firme.
Dicho esto indicó que “no había elementos de certeza para que se pueda validar un sobreseimiento. Como el sobreseimiento cierra la causa como si fuera una absolución, antes del juicio, ya que no se lleva adelante un proceso, por lo cual debe haber certezas de que no hay delito o de que las personas que están acusadas no lo han cometido o que el hecho no constituye delito”.
A continuación García consideró que “había circunstancias para seguir investigando y que por ello era apresurado el sobreseimiento y que había que mantener la situación anterior, que era de falta de méritos y llevar adelante otras pruebas.
Esto fue en lo que la sala penal del Superior Tribunal de Justicia coincidió con nuestra postura y anuló el sobreseimiento”.Las circunstancias que “contrariaban” al sobreseimiento de los imputados es que “hay elementos probatorios que llevan a que hubo un falseamiento, un direccionamiento errado, malicioso por parte de los acusados inmediatamente ocurrido el hecho, para desviar la atención e inclusive engañar al médico forense que realiza la primera autopsia”. Agregó que “los elementos que se dieron al principio, fueron desvirtuados después por la segunda pericia forense realizada por tres prestigiosos funcionarios del cuerpo médico forense de la provincia (Occhi, Moyano y Chiapetti) y que llevan a que había, evidentemente, un direccionamiento diferente a la hipótesis que primero dieron como explicación del hecho los propios padres del niño”.

Situación de la causa y de los imputados

Esto llevó a que “la procuración y la fiscalía en primera instancia acusara a los padres”. Además generó que “el Juzgado de Instrucción llevara adelante su hipótesis incriminatoria que en una primera instancia podría llevar a la autoría o participación en el homicidio” y en una “etapa ulterior podría eso cambiar a un encubrimiento si lo anterior no se pudiera probar.
Pero nunca podría esto llevar a un cierre de la causa porque hay elementos para seguir investigando”.
La causa no vuelve al principio sino que “continúa en el estadio anterior que tenía cuando se dictó el sobreseimiento”, expresó el funcionario en diálogo con LT 11. Es decir César Ramón Garelli y su esposa María Soledad Croizzard, vuelven a la situación de “falta de méritos, todavía están imputados en la causa pero con una resolución intermedia que dice que no hay elementos para procesarlos, es decir, para tenerlos como autores presuntos del hecho pero tampoco hay elementos para dictar el sobreseimiento.
La Cámara de Concepción tendría que resolver acerca de la competencia y así designar quién seguirá al frente de la Instrucción.