jueves, 14 de abril de 2011

Carta de un lector

¿Y...? ¿Se puede o no se puede?
En sendas cartas de lectores publicadas por el diario La Calle, me quejé hace tiempo del criterio "liberador" de la justicia local. Recuerdo que en una ocasión me pareció patético leer que el mismo delincuente, con frondoso prontuario, fue detenido robando en dos oportunidades el mismo dia (a las 10 y a las 17 horas) y seguía en libertad. En este caso, incluso, me citó la jueza a su despacho para explicarme lo inexplicable.

Siempre sostuve - pese a los inconsistentes argumentos jurídicos esgrimidos - que los magistrados tienen en el CPP resortes adecuados como para complicar la libertad de los detenidos y ahora un fallo me da la razón.

Leo en un diario porteño con nombre de instrumento de viento:
"...Lo dejan preso para evitar que mate a su ex mujer"
Tenía prohibido acercarse a su ex mujer (...) violó la disposición: le incendió la moto y destrozó parte de su local. Pese a que son delitos excarcelables, el juez de Lomas de Zamora que quedó a cargo de la causa decidió que el hombre quedara preso al considerar que el hecho se da en un contexto (...) que podría derivar en ... males mayores (...) Mejor prevenir que curar, parece haber sido la consigna que orientó la decisión del juez Gabriel Vitale. (...) el 19 de marzo (...) el hombre fue hasta el maxikiosco que sub ex mujer tiene en la localidad de Villa Centenario (...) tiró al suelo una moto de ella, le arrojó tres sillas de plástico, una mesa y prendió fuego a todo. Después, golpeó el frente del local y provocó algunos destrozos (...) fue detenido por esos incidentes, pero como no tenía antecedentes su defensora oficial pidió que se lo excarcelara, ya que el delito de "daño" por el que quedó acusado no supera la pena de ocho años de cárcel.
Sin embargo, el juez Vitale le rechazó la excarcelación porque tuvo en cuenta los antecedentes del caso y mencionó que "la garantía del imputado de gozar de la libertad durante el trascurso del proceso, se contrapone a la manifestación de la víctima" sobre los hechos que venía sufriendo (...) y el juez decidió dejar preso al acusado (...) hasta el momento del juicio oral. (...) Es por ello que no encuentro por el momento -dijo el Juez- alguna otra medida menos gravosa que la privación de la libertad para asegurar los fines del proceso y sus víctimas, aseguró el magistrado..."


Y entonces cabe preguntarse: ¿cuando la víctima es la sociedad en su conjunto, no puede asimilarse la misma conducta protectora?

Juan José Minatel
DNI 05.614.011
minatel@arnet.com.ar

APERJU :Cuestiones y cuestionados
Sobre la respuesta de la Magistrada tratando de justificar lo injustificable
ver aquí*

Las cuestiones: los delincuentes y asesinos andan sueltos en nuestras calles

los cuestionados judiciales deben responder ...

…Por qué....?



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